Articulo 48: Información Contable y Presupuestaria

En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios o los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y las entidades de la Administración Pública Paraestatal municipal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracciones I, incisos a), b), c), d), e), g) y h), y II, incisos a) y b) de la presente Ley.

INFORMACIÓN ACTUALIZADA AL 4to TRIMESTRE DEL 2023

2023

4TO TRIMESTRE 2023

3ER TRIMESTRE 2023

2DO TRIMESTRE 2023

1ER TRIMESTRE 2023

2022

4TO TRIMESTRE 2022

3ER TRIMESTRE 2022

2DO SEMESTRE 2022

1ER TRIMESTRE 2022

2021

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS 2019

34a Inventario_Inventario de bienes muebles

Cuenta Publica 2020

PRIMER TRIMESTRE

ADICIONAL AL CEVAC

SEGUNDO TRIMESTRE

ADICIONAL AL CEVACÇ

TERCER TRIMESTRE

ADICIONAL AL CEVAC

INFORMACION ADICIONAL A LOS  PRESUPUESTOS 2021

CUARTO TRIMESTRE

ADICIONAL AL CEVAC

 

ADICIONAL AL PRESUPUESTO

2020

CUENTA PUBLICA 2020

CUENTA PUBLICA 20

1er trimestre

2do trimestre

3er trimestre

4to trimestre 2020

2019

2do TRIMESTRE

1er TRIMESTRE

2018

CUENTA PUBLICA 2018

CUENTA PUBLICA 2018 EL SALVADOR

4to TRIMESTRE

3er TRIMESTRE 2018

2do TRIMESTRE 2018

1er TRIMESTRE 2018

2017

2017

4TO TRIMESTRE 2017

1ER, 2DO Y 3ER TRIMESTRE 2017